PRINCIPIOS APLICADOS A AUDITORES INFOMÁTICOS
PRINCIPIOS APLICADOS
A AUDITORES INFOMÁTICOS
PRINCIPIO DE
BENEFICIO DE AUDITADO
En este principio el auditor debe
conseguir la máxima eficacia y rentabilidad de los medios informáticos de la
empresa auditada, no debe de ningún modo obtener beneficio propio.
PRINCIPIO DE
CALIDAD
En el auditor deberán prestar sus
servicios conforme las posibilidades de la ciencia y medios a su alcance con
absoluta libertad respecto a la utilización de dichos medios y en unas
condiciones técnicas adecuadas para el idóneo cumplimiento de su labor.
PRINCIPIO DE CONFIANZA
El auditor deberá facilitar e
incrementar la confianza del auditor en base a una actuación de transparencia
en su actividad profesional sin alardes científicos-técnicos.
PRINCIPIO DE CAPACIDAD
El auditor debe estar plenamente
capacitado para la realización de la auditoría encomendada, maximice teniendo
en cuenta que, a los auditados en algunos casos les puede ser extremadamente
difícil verificar sus recomendaciones y evaluar correctamente la precisión de
las mismas.
PRINCIPIO DE COMPORTAMIENTO PROFESIONAL
El auditor, tanto en sus relaciones
con el auditado como con terceras personas, deberá, en todo momento, actuar
conforma a las normas, implícitas o explícitas, de dignidad de la profesión y
de corrección en el trato personal.
PRINCIPIO DE CRITERIO PROPIO
El auditor durante la ejecución
deberá actuar con criterio propio y no permitir que esté subordinado al de
otros profesionales, aun de reconocido prestigio, que no coincidan con el
mismo.
PRINCIPIO DE CONCENTRACION EN EL TRABAJO
El auditor deberá evitar que un
exceso de trabajo supere sus posibilidades de concentración y precisión en cada
una de las tareas a él encomendadas, y a que la estructuración y dispersión de
trabajos suele a menudo, si no está debidamente controlada, provocar la conclusión
de los mismos sin las debidas garantías de seguridad.
PRINCIPIO DE DISCRECIÓN
El auditor deberá en todo momento
mantener una cierta discreción en la divulgación de datos, aparentemente
inocuos, que se le hayan puesto de manifiesto durante la ejecución de la auditoria.
PRINCIPIO DE ECONOMÍA
El auditor deberá proteger, en la
medida de sus conocimientos, los derechos económicos del auditado evitando
generar gastos innecesarios en el ejercicio de su actividad.
PRINCIPIO DE FORMACIÓN CONTINUADA
Este principio impone a los
auditores el deber y la responsabilidad de mantener una permanente
actualización de sus conocimientos y métodos a fin de adecuarlos a las
necesidades de la demanda y a las exigencias de la competencia de la oferta.
PRINCIPIO DE FORTALECIMIENTO Y RESPETO DE LA PROFESIÓN
La defensa de los auditados pasa por
el fortalecimiento de la profesión de los auditores informáticos, lo que exige
un respeto por el ejercicio, globalmente considerado, de la actividad
desarrollada por los mismos y un comportamiento acorde con los requisitos
exigibles para el idóneo cumplimiento de la finalidad de las auditorias.
PRINCIPIO DE INDEPENDENCIA
Está relacionada con el principio de
criterio propio, obliga al auditor, tanto si actúa como profesional externo o
con dependencia laboral respecto a la empresa en la que deba realizar la
auditoria informática, a exigir una total autonomía e independencia en su
trabajo.
PRINCIPIO DE INFORMACIÓN SUFICIENTE
Este principio obliga al auditor a aportar, en forma
pormenorizada, clara, precisa e inteligible para el auditado, información de
los puntos y conclusiones relacionados con la auditoria.
PRINCIPIO DE INTEGRIDAD MORAL
Este principio, inherentemente
ligado a la dignidad de la persona, obliga al auditor a ser honesto, leal y
diligente en el desempeño de su misión, a ajustarse a las normas morales de
justicia y prioridad.
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